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Federación Judicial en defensa de la Tutela Sindical

Los trabajadores judiciales asistimos nuevamente a un atropello del derecho laboral, esta vez consumado por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. Dicha actitud no es novedad ya que es práctica corriente de la gran mayoría de los tribunales superiores, resabio de monarquía en pleno siglo XXI.

No es exagerada la afirmación al constatar como ha procedido en el caso el superior tribunal cordobés que pretende convalidar “judicialmente” las actuaciones administrativas previas, de el mismo como empleador, que determinaron la “Cesantía” del compañero Chilo sin haber cumplido previamente el procedimiento del desafuero sindical tal y como lo prevé taxativamente la norma laboral.

Es así que dicho tribunal pretende erigirse por encima de las normas que manda aplicar pero que el mismo no cumple. De esta forma el poder judicial se arroga una prerrogativa que ningún otro empleador podría utilizar, constituyéndose en un “jugador” que evita las reglas de juego que hace valer a los demás pero que no respeta hacia los trabajadores judiciales. Se genera, así, hacia el poder judicial una “ventaja” ilegal respecto de otros empleadores que quedan sometidos a derecho (legislación vigente en materia sindical). Esta situación es insultante para las instituciones, ya que quien debe aplicar la ley se genera un paraguas de excepción para evadirla. El Estado, y en especial el Poder Judicial, debe mostrar respeto por el marco legal.

Este tipo de antecedentes pone en riesgo el sistema legal diseñado para amparar a quienes desarrollan actividad sindical, tornándose una ficción el fuero sindical en el ámbito del poder judicial, ya que primero se toma la decisión administrativa y luego se la “confirma” en la sede judicial, poniendo así el caballo atrás del carro.

Esto abre la puerta para que el Poder Judicial tenga un sistema legal sui generis y a su medida; primero llega al resultado, sancionando trabajadores y luego pide a la justicia que avale la decisión que ya fué tomada. Esto constituye un fuerte y grave ataque a la libertad sindical y deja en estado de indefensión a quienes ejercemos la defensa sindical en el ámbito del Poder Judicial.

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