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EL ADIOS A UN GRAN COMPAÑERO

La FEDERACION JUDICIAL ARGENTINA despide con enorme dolor al compañero Ricardo Ramírez, ex Secretario general de la AFJU de la R.O.Uruguay haciéndole llegar un fuerte abrazo fraterno a sus familiares y compañeras y compañeros.

Fue protagonista importante junto al compañero Demerson de Brasil y a los compañeros Julio Bertomeu y Víctor Mendibil  de Argentina, entre otros, en la creación y sostenimiento de la Coordinadora de Judiciales del Cono Sur.

Ricardo representa lo mejor del sindicalismo combativo, de clase. Fue víctima durante largos años de la dictadura uruguaya con persecución y cárcel lo cual no le impidió ser importante protagonista de la mejor historia sindical del país hermano.

Hoy lo despedimos con enorme tristeza pero con la certeza de haber compartido no sólo acciones en común sino los sueños que nos guían en la construcción de una sociedad justa sin explotadores ni explotados.

¡¡¡Hasta siempre Compañero!!! 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de junio de 2020.-

                              FEDERACION JUDICIAL ARGENTINA

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Repudio a la justicia misógina

El Sindicato de Trabajadorxs Judiciales del Chubut manifiesta su más enérgico rechazo y repudio a la decisión del Fiscal General de la ciudad de Rawson, Dr. Fernando Rivarola, quien con su accionar favoreció a los acusados en la causa de abuso sexual grupal conocido como  «La manada de Chubut»; ya que en algunos casos promovió su sobreseimiento, y a tres imputados los calificó como autores de un «accionar doloso de desahogo sexual» cuando protagonizaron un delito aberrante; por lo cual nadie irá preso.

Es una burla que esta imputación sea realizada el día de hoy, donde las mujeres recuerdan la primera marcha realizada el 03 de Junio de 2015 bajo el lema «Ni una menos». Las mujeres y disidencias exigimos que PAREN DE MATARNOS, que PAREN DE VIOLARNOS, y el peligroso mensaje que brinda el Dr. Rivarola va en sentido opuesto: hagan lo que hagan, lxs hijxs del poder quedarán impunes para la justicia porque necesitaban “desahogarse”. Ninguna mujer, ningún cuerpo, es el reservorio del desahogo de una manada de salvajes que se cree con derecho a avanzar por encima de otro ser humano.

Es INADMISIBLE que violar a una adolescente semi inconsciente no merezca una imputación más grave. Es INADMISIBLE que este abuso no tenga castigo. SOLICITAMOS QUE LA PROCURACIÓN GENERAL REVEA EL ACCIONAR DEL DR. RIVAROLA EN ESTA CAUSA, y ACTÚE CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.

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FELIZ 60°ANIVERSARIO AJB

La FEDERACION JUDICIAL ARGENTINA saluda a las compañeras y los compañeros de la ASOCIACION JUDICIAL BONAERENSE (AJB) al cumplirse hoy, 3 de junio, el 60°aniversario de su creación.

Desde su incorporación a la FJA siempre se ha distinguido por su compromiso con las luchas del gremio judicial junto al resto de lxs trabajadorxs y el pueblo en la construcción de una sociedad justa y democrática, sin explotadores ni explotados.

Nunca arrió las banderas de la independencia de la clase trabajadora aún en duros momentos históricos lo que le valió contar con compañerxs secuestradxs, presxs, desaparecidxs, perseguidxs, cesantes.

Protagonista  importante de la FJA siempre tendió su mano fraterna a las demás filiales hermanas.

Ha sido siempre impulsora fundamental de un sistema judicial democrático y transparente.

Por todo ello y mucho más ¡¡¡Salud AJB!!!

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de junio de 2020.-

                                 FEDERACION JUDICIAL ARGENTINA

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3 DE JUNIO – NI UNA MENOS

A cinco años del primer NI UNA MENOS, la Federación Judicial Argentina, convoca a ser nuevamente protagonistas del reclamo, y de la visibilización virtual, para que se vea y oiga en todo el mundo, lo que el colectivo sigue reclamando: “Ni Una Menos”, “Vivas, Libres y Desendeudadas nos queremos”.

Desde el 2015, en Argentina y muchas ciudades de todo el mundo, se reclama al Estado políticas que frenen las violencias machistas.

El 3 de junio de 2015 se realizó la primera marcha en contra de la violencia contra las mujeres bajo el lema “Ni Una Menos”, consigna que le dio nombre a la colectiva feminista en toda la Argentina y que logró expandirse a países de Latinoamérica y Europa.

Ese mismo año, durante el verano, el brutal crimen de Lola Chomnalez, la adolescente argentina de 15 años asesinada en un balneario uruguayo, fue protagonista. En mayo del mismo año, mientras se descubrían detalles escalofriantes del asesinato de Ángeles Rawson, ocurrió el femicidio de Chiara Pérez, la adolescente embarazada de 14 años que fue asesinada y enterrada por su novio en Rufino, provincia de Santa Fe.

Este último caso fue el que movilizó -primero por redes sociales y luego convocando a masivos reclamos- a un grupo de periodistas de Buenos Aires.

Esa primera masiva movilización se replicó en más de cien puntos en todo el país

Pocas cosas cambiaron desde entonces. En lo que va de este año se registraron 124 asesinatos por agresión machista

De acuerdo al último relevamiento de Mujeres de la Matria Latinoamericana (Mumalá),   en los primeros cinco meses del año, del 1° de enero al 30 de Mayo de 2020, se contaron 140 muertes violentas de mujeres de las cuales 124 fueron femicidios

Esto quiere decir que cada 29 horas murió este año una mujer por violencia machista.

Asimismo, el Observatorio registró 112 intentos de femicidios en Argentina y contó 151 niños, niñas y adolescentes que se quedaron sin madre en lo que va del año en curso.

Y si se analizan los cinco años que pasaron desde el primer grito “Ni una menos”, los femicidios superan el millar: 1440 femicidios directos, vinculados y travesticidios.

“Vemos que a pesar de las históricas demandas y reivindicaciones, de retrocesos y avances en el abordaje de los derechos de las mujeres y disidencias, siguen sin desplegarse presupuestos y políticas acordes a la dimensión de la emergencia. Ni una menos. Continuamos con nuestras demandas hacia el interior de los Poderes Judiciales, como lo son la implementación efectiva por parte de cada Tribunal Superior de la Ley Micaela, con la participación efectiva de los Sindicatos, para que exista una Perspectiva de Género real en los Poderes Judiciales. En el contexto actual de pandemia por el COVID-19, cuando las violencia se ven exacerbadas, y las mujeres, disidencias, niños, niñas y adolescentes, se encuentran más desprotegidxs, es que necesitamos que se visibilice el reclamo, y no nos dejen calladas. Por eso este 3 de Junio, saldremos a nuestras puertas, o balcones, con nuestras bocas tapadas, pero nada opacará nuestro grito.” -expresó Karina Albarracín, Secretaria de Género de la Federación Judicial Argentina.

#NiUnaMenos

#Vivas,LibresYDesendeudadasNosQueremos

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28 M 15 años de Campaña

El proyecto que propone despenalizar, legalizar y garantizar la gratuidad del aborto fue presentado por octava vez el año pasado -el mismo 28 de mayo, en coincidencia con el Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres-.

El año anterior, por primera vez la iniciativa logró ser tratada en el recinto de ambas Cámaras del Congreso. Y aunque logró la media sanción en Diputados, fue rechazada por el Senado.

El proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo se basa en el respeto a la decisión responsable, en la justicia social y en la perspectiva de Derechos Humanos.

En ese sentido, la Federación Judicial Argentina convoca a participar de las acciones virtuales o desde nuestras casas, que se realicen en cada rincón de nuestro pais, entendiendo que mientras no se despenalice y legalice el aborto, se seguirán perpetuando desde el Estado las desigualdades sociales.

Por todo esto exigimos:

#QueSeaLey

#EducaciónSexual para decidir

#Anticonceptivos para no abortar

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La reforma necesaria


El debate por la necesaria reforma judicial se ha puesto nuevamente en la agenda política y mediática a partir de las palabras del Presidente de la Nación tanto en el acto de asunción como en el inicio de las Sesiones Ordinarias del Congreso Nacional. La Federación Judicial Argentina lleva décadas propugnando el tema y trabajando propuestas para esta esperada reforma que debe ser fruto de un proceso político con amplia participación donde el pueblo sea protagonista.
El sistema judicial no es algo que está al margen del resto de la sociedad. El modelo de justicia es inseparable del modelo de sociedad a la que pertenece. No es posible imaginar una reforma judicial al servicio de los intereses populares en una sociedad marcada por la división de clase, atravesada por la desigualdad social, de género, cultural, económica y política.
Es por ello que no podemos pensar una reforma judicial que entienda la eficiencia vinculada con nuevas tecnologías, el expediente digital, la inteligencia artificial, el trabajo a distancia, etc., sin mirar los marcos conceptuales que conllevan: qué modelo social se promueve, qué supuesto de derecho, de justicia social, soberanía política y económica están presentes en dichas transformaciones y cambios, a quienes perjudican y benefician. Ese vínculo indisoluble es el que debemos develar y debatir. El tema requiere plantearse simultáneamente las condiciones generales de funcionamiento de la sociedad, tanto en lo político como en lo social, económico y cultural.
El eje principal de cualquier reforma debe ser la democratización del sistema judicial, y como elementos esenciales de esa democratización proponemos, entre otros:
• Integrar los consejos de la magistratura con participación popular y de los trabajadores/as, los juicios por jurados, y todos aquellos mecanismos que implique garantizar la participación del pueblo en la elección y remoción de los magistrados/as.
• Asegurar el derecho a la negociación colectiva y las convenciones paritarias entre los trabajadores y trabajadoras judiciales y las patronales, como forma de equilibrar las relaciones laborales en el interior del sistema judicial.
• Garantizar el efectivo acceso a la Justicia por parte de todos los ciudadanos/as y habitantes del territorio de la Nación; en este sentido, la total gratuidad del procedimiento, la proximidad de los tribunales, el asesoramiento gratuito, son algunas de las garantías de una justicia popular.
• Impulsar una perspectiva de género en el interior del Poder Judicial, con inmediata aplicación de la Ley Micela, con participación de los distintos sindicatos judiciales.
Estas son algunas reflexiones y propuestas que planteamos desde la Federación Judicial Argentina a fin de avanzar en la construcción de un poder judicial comprometido con el pueblo argentino, aclarando que ninguna reforma puede ser unilateral. ni por decreto, sino que debe darse en el marco de un argumentado y fundado debate democrático, compartiendo y contraponiendo diagnósticos locales e internacionales, marcos interpretativos, líneas de políticas soberanas y promoviendo los más amplios consensos posibles.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de mayo de 2020.-

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Repudiamos la nueva reforma jubilatoria del gobierno provincial

Desde AGEPJ repudiamos el dictado de la nueva ley de reforma jubilatoria y llamamos a un paro para el 26 y 27 de mayo, que entre otros motivos ennumera la oposición a la misma. El Paro coincide con las jornadas que convocó CGT Regional Córdoba en resistencia a la ley.

A su vez, junto a los gremios aportantes a la caja estamos coordinando una estrategia legal para impugnar judicialmente la misma. Independientemente de dicha acción conjunta que reúne varios gremios, AGEPJ pondrá en breve a disposición de las jubiladas y jubilados afiliados el instrumento que indique el estudio del Dr. Carena para defender judicialmente nuestros derechos previsionales.

El Secretario General de AGEPJ Federico Cortelletti expresó que: “estamos ante la más regresiva reforma jubilatoria desde el regreso de la democracia, arteramente sancionada aprovechando las restricciones que la pandemia impone a la acción colectiva. Aun así le estamos ofreciendo resistencia, con el paro del 26 y 27, con las acciones en conjunto de los gremios aportantes y el recurso judicial que en breve AGEPJ pondrá a disposición de nuestras afiliadas y afiliados. Las jubiladas y jubilados judiciales nos han marcado un camino de lucha que vamos a honrar con un gran paro el martes y miércoles.”


A su vez el Secretario Adjunto de AGEPJ Adrian Valan acotó: “estamos convocando a todas y todos los empleados judiciales a plegarse al paro decretado para el 26 y 27 contra la nueva ley de reforma jubilatoria. En defensa de los actuales jubilados y de los que alguna vez seremos hay que demostrar que la justicia no funciona sin sus trabajadores por tanto en esas 48 horas no debe haber concurrencia a los lugares de trabajo ni conexión para realizar teletrabajo.”

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SOLIDARIDAD Y REPUDIO

La FEDERACION JUDICIAL ARGENTINA repudia la denuncia efectuada por la Presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, Dra. Liliana Piccinini, contra lxs compañerxs Pablo Barreno, secretario general del SiTraJuR 1ra. Circunscripción y de Adriana Saber, secretaria adjunta del SiTraJuR por la supuesta violación de las normas de cuarentena y a la vez manifiesta su total solidaridad con ambxs dirigentes sindicales.

La magistrada solicitó al Procurador General que el Ministerio Público investigue si la presencia de lxs compañerxs en Tribunales constituyó una violación al aislamiento preventivo y social obligatorio (cuarentena). En realidad la violación de las normas de la cuarentena la dispuso el propio Tribunal al habilitar la actividad laboral, poniendo en riesgo la salud y la vida de los trabajadorxs judiciales. Fue en ese marco, ejerciendo estrictos derechos sindicales que lxs compañerxs intentaron ingresar a Tribunales a fin de constatar el cumplimiento de las normas de la emergencia sanitaria, siendo impedidos de hacerlo por orden del STJ y con la intervención de las fuerzas policiales.

Estos actos arbitrarios no sólo son una demostración más de la falta de respeto del STJ hacia lxs trabajadorxs judiciales, sus derechos laborales y la libertad sindical sino que constituyen conductas perversas. Ya no le alcanza con las actitudes antidemocráticas que exhibe habitualmente al negarse a la vigencia plena de la negociación colectiva a la que está obligada a respetar por ley provincial sobre todo en estos momentos de grave crisis sanitaria; no le resulta suficiente la complicidad del Ejecutivo provincial cuando ilegalmente suspende por resolución administrativa la paritaria con el Sindicato judicial.

Ante un sindicato que no deja de luchar a pesar de todo lo antes expresado este Tribunal necesita dar otra vuelta de tuerca.

Entonces decide aplicar la vieja receta de criminalizar la actividad sindical. De esta manera atenta contra el derecho a la libertad sindical y la tutela sindical de ambxs compañerxs intentando su amedrentamiento a través del Código Penal. Niega a su vez las facultades de contralor que tiene toda organización sindical e ignora todo el cuerpo legal y constitucional que ampara las acciones de lxs compañerxs.

Exigimos, finalmente, el cese de toda actividad persecutoria por parte del STJ de Río Negro contra estxs compañerxs y del resto de lxs trabajadorxs judiciales que se manifiestan en defensa de sus legítimos derechos como también la anulación de las acciones administrativas y judiciales iniciadas contra ambxs y la inmediata reanudación de la negociación colectiva.

Caso contrario efectuaremos las denuncias correspondientes en los ámbitos nacionales e internacionales.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de mayo de 2020.-

                  FEDERACION JUDICIAL ARGENTINA

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“Mujeres, trabajo remoto, conciliación de la vida laboral y la vida privada”

La Federación Judicial Argentina llama al estado de alerta y a la concientización de las y los trabajadores judiciales respecto al trabajo remoto o mal llamado ”teletrabajo”.  Esta denominación se instaló fuertemente a través de los medios de comunicación en los últimos tiempos a raíz del Aislamiento preventivo, social y obligatorio (cuarentena) decretado por el Gobierno nacional debido a la pandemia provocada por el COVID-19. En la práctica significa la modificación de las condiciones de trabajo reguladas en el ámbito laboral.

          El trabajo remoto, que en la coyuntura se presenta mayoritariamente como sinónimo del trabajo realizado a través de internet, es una iniciativa de los sectores patronales que no apunta al bienestar de la trabajadora o el trabajador sino a aumentar los márgenes de ganancia empresaria bajando costos laborales.

          En este punto es muy importante destacar el trabajo de la enorme mayoría de los medios de comunicación que pretenden instalar la idea que este tipo de desempeño laboral resultaría conveniente para lxs trabajadorxs involucrados.

          Como organización sindical debemos salir al cruce de estas campañas mediáticas. Por lo tanto es nuestra obligación desmitificar las supuestas ventajas de esta modalidad laboral y fundamentalmente esclarecer sobre las verdaderas motivaciones que la originan.

           La pandemia le ha servido de excusa perfecta al poder económico para llevar adelante la puesta en marcha del trabajo remoto (teletrabajo, en particular) y en tal sentido está tratando de hacerlo de cualquier manera aunque para ello tenga que violar elementales derechos de lxs trabajadorxs como ser la negociación colectiva.

           Al respecto las autoridades de los poderes judiciales actúan en la misma dirección, no sólo respecto al teletrabajo sino también en lo referente al trabajo presencial, negándose a discutir con los sindicatos las regulaciones necesarias para su vigencia durante la emergencia sanitaria.

           Es aquí cuando decimos que sin negociación colectiva no hay acuerdo posible.

            Particularizando sobre el trabajo remoto es muy importante destacar que estamos hablando no de un simple cambio de modalidad laboral sino que lo hacemos respecto a otro trabajo. Y es así en tanto es otro el lugar físico de trabajo, son otros los recursos materiales para hacerlo, es otro el ambiente laboral y la interacción con el mismo (es el domicilio particular, presencia de otras personas convivientes, otras actividades simultáneas de esas personas, alteración de la vida familiar, no diferenciación entre vida laboral y vida familiar, intromisión del empleador en la vida privada, jornada laboral sin límites, costos laborales a cargo del trabajador/a, entre otras cuestiones).

           Por lo tanto insistimos en la imprescindible negociación que permita arribar  a un acuerdo basado en algunas  condiciones básicas como ser la limitada vigencia del mismo por un motivo extraordinario como es la pandemia, el carácter voluntario de la participación del trabajador/a en dicha modalidad como asimismo el dejar de trabajar en esas condiciones cuando lo desee, el respeto de la jornada laboral, el derecho a la desconexión, el derecho a la privacidad, la cobertura de la ART, el resarcimiento económico por el consumo energético y mantenimiento/reparación de los dispositivos utilizados entre otras.

          Es muy importante agregar que otro de los objetivos buscado por la patronal con esta modalidad laboral es la atomización del colectivo de trabajo y por lo tanto la desaparición de la organización de los trabajadorxs en sus lugares de trabajo pilar insustituible para que unitaria y solidariamente puedan defender sus derechos.

            Desde la Secretaría de Género e Igualdad de Oportunidades de la Federación Judicial Argentina, entendemos que si ya existe trabajo remoto o se está ante la posibilidad de su implementación en las filiales, el mismo debe ser regulado paritariamente sobre la base de lo dispuesto por el convenio 177 de la OIT de 1996, ratificado por Argentina ( ley 25800).

            En 1996, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó el Convenio núm.177 sobre el trabajo a domicilio. Al hacerlo, llamó a todos los países del mundo a desarrollar políticas que mejoraran las condiciones de lxs ciudadanxs que son trabajadorxs tercerizadxs. Fue un paso muy importante para lograr que la contribución y los derechos de estos trabajadorxs fueran reconocidos.

           El país que suscribe un convenio de la OIT debe hacerlo cumplir circunstancia que se concreta generalmente a través de leyes específicas.

.           Algunos convenios, sin embargo, son tan destacados  que en distintos países forman parte de su texto constitucional como ocurre en la Argentina (art. 75 inc. 22 de la CN).

            La OIT también dicta recomendaciones. No son vinculantes para los gobiernos, pero aconsejan políticas y acciones tendientes a facilitar el cumplimiento de los convenios que fueran suscriptos por un país.

            Las y los trabajadores a domicilio son parte de la fuerza de trabajo más vulnerable del mundo. La mayoría de ellxs son mujeres, y por largo tiempo no fueron reconocidxs como trabajadores.

            El trabajo a domicilio es una modalidad de empleo que resulta de interés para la investigación social y para la formulación de políticas, en tanto se trata de una forma que se inserta predominantemente en un campo de preocupación mayor: el trabajo precario. En la última década, junto con la preocupación por el tema del desempleo, el análisis se ha orientado hacia la caracterización de la persistencia y aún el aumento de formas de inserción laboral de alta vulnerabilidad

            Si bien la preocupación por el trabajo a domicilio se inserta en el campo más amplio de la precariedad y los procesos de precarización del empleo, queda en discusión de si todo el trabajo a domicilio es precario. El análisis de la Secretaría de Género de la FJA  es que con la ampliación de la aplicación de nuevas tecnologías de información y comunicación tiende a aumentar la posibilidad de la expansión de nuevas formas de trabajo a domicilio por ejemplo en el Poder Judicial. Y estas nuevas formas pueden  estar asociadas con precariedad y vulnerabilidad.

            La definición más actualizada del trabajo a domicilio es probablemente la que se incluye en el Convenio núm. 177 de la OIT.

 En el artículo 1 de dicho Convenio, se define como el trabajo que una persona realiza:

  1. en su domicilio o en otros locales que escoja, distintos de los locales de trabajo del empleador;
  2.  a cambio de una remuneración;
  3.  con el fin de elaborar un producto o prestar un servicio conforme a las especificaciones del empleador, independientemente de quién proporcione el equipo, los materiales u otros elementos utilizados para ello, a menos que esa persona tenga el grado de autonomía y de independencia económica necesario para ser considerada como trabajador independiente en virtud de la legislación nacional o de decisiones judiciales;

            Establecer la subordinación del trabajador no es una tarea sencilla. Los límites son siempre borrosos. Varias dimensiones están presentes en la realidad y abonan el debate:

  1. la utilización de maquinaria propia;
  2.  la contratación de fuerza de trabajo auxiliar por parte de quien recibe trabajo;
  3.  el control supervisado de la producción.

            Forma de organización y/o ejecución del trabajo realizado a distancia, en gran parte o principalmente, mediante el uso intensivo de las técnicas informáticas y/o de telecomunicaciones

            El uso de las tecnologías de la información y la comunicación facilita el almacenamiento, tratamiento y acceso, valga la redundancia, a la información. Es posible supervisar y obtener datos en forma continua sobre los diferentes aspectos de las actividades del teletrabajador e incluso respecto a él mismo, posiblemente sin su consentimiento. Ello puede darse por motivos de seguridad, para medir o mejorar la productividad, pero en lo que atañe a la intimidad del teletrabajador al estar más expuesto, éste debería estar más protegido.

            El teletrabajo es una forma de trabajo a distancia, en la cual el/la trabajador/a desempeña su actividad sin  la necesidad de presentarse físicamente en la empresa o lugar de trabajo específico. Se realiza mediante la utilización de las tecnologías de la información y comunicación, y puede ser efectuado en el domicilio del trabajador o en otros lugares o establecimientos ajenos al domicilio del empleador.

                Características del teletrabajo

  • Nueva cultura organizacional: ¿Quien está a cargo de la organización del trabajo?, ¿cómo será la comunicación con el jefe directo?, ¿Exisitirán los equipos de trabajo?, ¿Quién y cómo capacitará sobre las nuevas formas de trabajo? ¿Se respetará la jornada laboral?
  • Trabajo individual voluntario: debe regularse el trabajo como voluntario, dependiendo ello de las características individuales de cada trabajadxr, debido a la conciliación con la vida privada de lxs mismxs,especificando derechos y obligaciones del empleador y de lxs trabajadores.
  • Trabajo por objetivo: No se trata de que se fijen objetivos de productividad dado que los expedientes judiciales no son un número. Refieren a personas, cada expediente tiene una problemática específica y se le debe dar el trabajo y el tiempo necesarios para brindarlel derecho a la justicia.
  • Horarios flexibles: .De ninguna manera debe flexibilizarse el horario laboral debiendo respetarse horario y  jornada laboral legal o menor correspondiente a cada poder judicial.
  • Distancia + ajenidad + TIC: El trabajo se realiza remotamente en un domicilio ajeno al empleador o no, mediante la utilización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
  • Lugar de trabajo determinado o no: El trabajo remoto puede tener una locación determinada o no, siempre y cuando exista el consenso de ambas partes.
  • Conectividad: El lugar donde se desarrolle la jornada laboral debe tener la conexión a internet adecuada para cumplir con las tareas asignadas
  • Cobertura de ART: Los trabajadores deben tener cobertura de su jornada laboral semanal, con horarios aproximados y mención de días presenciales.
  • Igualdad de derechos y obligaciones con el trabajador presencial: El teletrabajador goza de los mismos derechos, beneficios y obligaciones de aquellos trabajadores que presten igual tarea en las dependencias judiciales; los mismos estarán sujetos a la legislación vigente y los Convenios Colectivos de Trabajo y/o Acordadas de los TSJ.
  • Respeto a la vida privada: todos los sistemas de control destinados a la protección de los bienes e informaciones de propiedad del teletrabajador deberán salvaguardar la intimidad del trabajador y la privacidad de su domicilio.
  • Reversibilidad acordada: El convenio debe regularse temporalmente, mientras dure la pandemia, y no ser exigible como una nueva forma de trabajo.
  • Herramientas de trabajo provistas por la empresa o el trabajador: Los equipos y herramientas necesarias para cumplir con la labor deben ser provistos por el empleador y el trabajador será responsable por su correcto uso y mantenimiento, como sucede en cualquier puesto de trabajo. En el caso  de la inmediatez de la puesta en funcionamiento de la nueva forma de trabajo, el empleador debe compensar la totalidad de los gastos y/o amortizaciones que genere su uso.

Conciliar el hogar, la crianza, la limpieza y lo laboral

Entre los aspectos que dificultan el teletrabajo, se evidencian:

* tener que compatibilizar el tiempo con las tareas del hogar

* tener que apoyar con las tareas a lxs hijxs al mismo tiempo que trabajar    

El 46% de las mujeres reconocen tener más  carga laboral con teletrabajo: 92% de las mujeres debe cocinar y limpiar mientras teletrabaja

Las mujeres sienten estar trabajando más que en tiempos normales de oficina.

Las mujeres son más afectadas con la sobrecarga laboral a la hora de teletrabajar, eso no quiere decir que para los hombres no se haya vuelto más complicado, pero aún en este siglo, las tareas del hogar continúan recayendo en su mayoría sobre las mujeres, aunque la brecha se haya ido acortando con el tiempo.

            La  jornada hoy en día de las mujeres es más que triple: madre, ama de casa, cuidadora de adulta mayor, docente particular de adolescentes y trabajadora remota “home worker”,  mínimo cuatro jornadas laborales. Nadie contempla la sobrecarga que recae nuevamente en las mujeres.

            Los horarios corridos. La falta de concentración y de organización. El sueño interrumpido. Los vínculos exigidos. El trabajo reinventándose. Todo está moviéndose al ritmo de un monstruo que no se ve.

            La subjetividad no queda afuera y según el momento y las posibilidades actuales, cada persona asume la conciliación entre convivencia y coronavirus o entre las múltiples tareas que le tocan, de distinta manera. No hay que olvidarse tampoco de quienes ni siquiera tienen posibilidad de home office porque no tienen trabajo  o porque trabajan en los márgenes. De todas formas, partiendo de la base que nuestra sociedad es estructuralmente desigual desde el punto de vista de género (no el único, por supuesto), el coronavirus pone en evidencia la necesidad de que los sistemas de cuidados sean revisados, no sólo por esta emergencia, sino para lo que vendrá; para que la vida valga la pena ser vivida, como decía una de las consignas de este día internacional de las mujeres, que ahora parece tan lejano pero sigue vigente todos los días.

            Para muchas el problema no es ver cómo conciliar los cuidados con el trabajo remunerado sin perder la cordura, sino ver cómo van a hacer para comer, para pagar las cuentas si no hay trabajo o las ayudas sociales no alcanzan mientras cuidan de niñas, niños, personas mayores. Y esto sumado a la preocupación de saber que hay una pandemia pero que no tienen todas las herramientas para cuidarse.

La extensión de la Covid-19 profundizó dinámicas desiguales de los cuidados y de los trabajos domésticos no remunerados. Sin redes de contención ni organización con otras instituciones, se sobrecargaron por default las siempre sobrecargadas mujeres. La salida de la cuarentena plantea preguntas de fondo. Urge que los cuidados se impongan en una agenda transversal.

            Sin redes de contención ni distribución con abuelas, jardines, colegios, niñeras o clubes, las mujeres pasan los días más sobrecargadas. Se da por sentado que, salvo excepciones, son las encargadas de repartir su tiempo entre el trabajo remoto, la escolarización “en línea” de lxs hijxs y las tareas domésticas. El confinamiento, sin embargo, obligó a muchos hombres a quedarse en casa y algunos empezaron a reflexionar sobre el valor y la carga de las tareas que recaen, mayormente, sobre ellas.

            Es que en muchos hogares los tiempos de confinamiento obligatorio resultaron la oportunidad de poner sobre la mesa el enorme engranaje que sostiene a una familia. Varones que, por primera vez, le ponen el cuerpo a ese mundo de la reproducción social que puertas adentro hacen posibles sus performances puertas afuera, en el reconocido mundo del trabajo remunerado

            Las mujeres dedican en promedio tres horas diarias más al trabajo no remunerado que sus pares varones, aun cuando se encuentren participando activamente en el mercado laboral

            La mayor tasa de participación de las mujeres es en los quehaceres domésticos . Son especialmente ellas las que se ocupan de la limpieza de la casa, del lavado y arreglo de ropa, preparación y cocción de alimentos, compras; y reparación y mantenimiento de bienes de uso doméstico. En la lista sigue el cuidado de personas, y por último las actividades dedicadas al apoyo escolar y/o de aprendizaje a miembros del hogar.      

            Supone una reconfiguración de cuestiones que los varones no ven porque no les prestan atención, y es un cambio fundamental

            No necesariamente se trata de hacer las mismas tareas que la pareja, sino darles visibilidad y reorganizar el ámbito doméstico y de cuidados desde los consensos, los acuerdos y la responsabilidad mutua.                              

            Urge que cambien las lógicas de un sistema que subordina los procesos de la reproducción individual, familiar y colectiva a la ganancia económica. Urge aprovechar el caos de hoy para encontrar condiciones de posibilidad para otras formas sociales mañana

            Necesitamos el compromiso del Estado, pero también de las empresas y los sindicatos, no dar por sentado que el cuidado simplemente sucede y dejar que cada familia, y en especial las mujeres, lo resuelvan de la manera que puedan. Eso solo profundiza las desigualdades sociales. Así como las feministas reclamamos que los varones deben involucrarse más en las tareas de cuidado y como sociedad debemos dejar de pensar que son tareas femeninas, también necesitamos de nuevas leyes y políticas públicas que habiliten y den forma a otra distribución del cuidado. Cuando la pandemia lo permita, va a ser imprescindible avanzar con el mapeo federal de los cuidados que ya se anunció, y considerar la conformación de un sistema nacional como un asunto prioritario. Si queremos una sociedad más justa en términos socioeconómicos y de género, se vuelve central revisar y reconfigurar quiénes cuidan y cómo lo hacen.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de Mayo de 2020.

Secretaria de Género e Igualdad de Oportunidades.

Federación Judicial Argentina.

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Repudio al juez Donnet por expresiones discriminatorias

La Federación Judicial Argentina (FJA) y el Sindicato de Trabajadores  Judiciales de la Provincia de Chubut (SI.TRA.JUCH.) expresan su repudio a las expresiones vertidas por el Ministro del Superior Tribunal de Justicia, Miguel Ángel Donnet en un comentario efectuado desde su cuenta de Facebook, en el que expresa “Está bien no hay que discriminar, las negras chorras también son mujeres.” Dicha publicación se encuentra en la cuenta de Facebook de Coca Echevarría del 28 de Abril del corriente año a las 18:57 hs. El comentario se refiere a la nota publicada por Perfil,com que dicha usuaria compartiera  y en la que se informa que la dirigente jujeña Milagro Sala se encuentra cumpliendo prisión domiciliaria.

Una vez más el Ministro Donnet, actualmente en uso de licencia por enfermedad, realiza comentarios misóginos y discriminatorios utilizando el término “negra” en forma despectiva  dejando en evidencia su postura racista.

Lo que llama poderosamente la atención es el silencio cómplice de las máximas autoridades del Poder Judicial, todos hombres, como también de representantes de los demás poderes del Estado de la Provincia de Chubut.

La pregunta que cabe hacerse como ciudadanos es cómo un hombre con tales comportamientos y manera de pensar haya sido nombrado juez para integrar el más alto órgano  del Poder Judicial.

Sería muy importante, asimismo, poder tomar conocimiento respecto  de su capacitación en la Ley Micaela, que con bombos y platillos ha publicitado como parte del avance en perspectiva de género, el Poder Judicial de la Provincia de Chubut.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de mayo de 2020.-

                               FEDERACION JUDICIAL ARGENTINA