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Judiciales santacruceños en defensa de la ley 3022

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El proyecto de ley que presentaron los Diputados del oficialismo para modificar la ley de paritarias del Poder Judicial se lleva puesto la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, los tratados internacionales, las disposiciones de la OIT y principios del derecho laboral.

La historia de un conflicto

En 1991 con la asunción de Néstor Kirchner como Gobernador, los trabajadores santacruceños vieron atacados gravemente sus derechos laborales. Se dictó la Ley de Emergencia Económica, se redujeron los sueldos en un 15%, y fueron suspendidas las paritarias. Los judiciales aparte de todo eso, también perdimos la famosa Ley de Enganche. Como en todo proceso histórico, fue durante varios años que la sociedad se fue acomodando y manifestando su disconformidad cuando se lograron nuevos cambios.

En el 2007 hubo una explosión social. Una crisis social y política con diversas características que aunó a toda la clase trabajadora, incluyendo trabajadores del sector privado, hubo militarización de la cuidad, amenazas, atentados, secuestros, hubo también compañeros reprimidos, golpeados y  hasta la renuncia del entonces gobernador Sancho.

Fue en ese marco, que en conjunto con los demás trabajadores, los Judiciales llevamos adelante una lucha que nos demandó no sólo tiempo y energía sino también, un trabajo mental excesivo pero del que salimos victoriosos con la redacción de la Ley 3022. La ley 2986, que establece las paritarias para el ámbito de la administración pública, establece en su art. 28 que el Poder Judicial, al igual que el Legislativo,  deberán dictar los actos administrativos que correspondan a fin de incorporar  sistemas de negociación dentro de su competencia y respectivas facultades.

Reunidos con Miembros del Tribunal Superior, compañeros judiciales se rompieron la cabeza para terminar gozando de la ley 3022 con la cual hemos venido sosteniendo las negociaciones con el TSJ.

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La Ley 3022 fue consensuada entre las partes, revisada por la Asesoría letrada de la Cámara, la que analizó la legalidad del Proyecto y ratificada por la Cámara de Diputados.

La Constitución Provincial establece en su art. 63  que los convenios colectivos  realizados libremente entre las partes interesadas, regirá el régimen de las condiciones de trabajo, no pudiendo la Provincia intervenir sino por medio del departamento provincial del Trabajo en caso de desacuerdo o conflicto irremediable. Por lo que los únicos que podemos modificar las condiciones laborales somos nosotros con el TSJ en el ámbito de la paritaria.

En el derecho laboral, como en todo derecho humano, rige el principio de progresividad y no regresividad, esto es que no pueden retrotraerse derechos, estos siempre deben ir hacia adelante con una idea de justicia social, y con la finalidad de reducir la asimetría de poder existente entre trabajadores y patrones; por lo que cualquier limitación que se pretenda imponer es contraria a derecho.

La negociación colectiva es una herramienta estratégica conseguida con la lucha, que permite discutir desde el conjunto y superar los límites de la negociación individual, es poder establecer un ámbito de horizontalidad donde debatir los diferentes aspectos que hacen a las condiciones laborales bajo un orden normativo que obliga a las partes a cumplir lo que se acuerda.

La ley 3022 es la que rige el procedimiento de negociación colectiva entre las máximas autoridades del Poder Judicial de Santa Cruz (vocales TSJ) y los trabajadores judiciales de toda la provincia, es una ley producto del consenso entre las partes a partir de las facultades de superintendencia que otorga la Constitución Provincial (art. 133 inc.1) al Tribunal, y los arts. 61 y 63 que reconocen el derecho de sindicalización y de creación libre entre las partes, de convenios colectivos de trabajo sin intromisión del poder Ejecutivo, salvo las atribuciones propias de la Secretaría de Trabajo. Se encuentra así también plasmado como derecho y garantía en la Constitución Nacional, arts. 14 bis, y 75 inc. 22).-

Asimismo este derecho encuentra protección en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, N°98 (derecho de sindicación y estimulación del pleno desarrollo de negociaciones colectivas), N°151 (sindicación de empleados públicos, fomentando el pleno desarrollo y utilización de mecanismos de negociación), N° 154 (derecho a negociación colectiva que comprende todas la negociaciones que tienen lugar entre un empleador y un trabajador – “Las medidas previstas con objeto de fomentar la negociación colectiva no deberán ser concebidas o aplicadas de modo que obstaculicen la libertad de negociación colectiva”), N°87 (constituir organizaciones, federaciones y confederaciones, a afiliarse, a redactar sus estatutos). Dentro de los principios que establece la OIT para la negociación colectiva prevalece la obligatoriedad de respetar los acuerdos por parte de las autoridades legislativas y administrativas debiendo consultar previamente a las asociaciones gremiales de empleados públicos y sus patronales sobre cualquier modificación que pretenda cambiar por ley acuerdos preestablecidos, debiendo para ello obtener el consenso y exponer previamente toda la información que le sea requerida.

Se encuentra plasmado además en la ley 23551 de asociaciones sindicales, el derecho de los trabajadores y sus organizaciones a negociar colectivamente.

El proyecto de Ley presentado, pretende poner una limitación a nuestras negociaciones. Una limitación, que tal como está acordado en paritarias nuestro sistema salarial, va en detrimento de nuestras condiciones de trabajo.

Desde hace tiempo venimos denunciando las políticas y el doble discurso que lleva adelante este Gobierno, el cual recurre a atacar a los trabajadores contrariamente a lo que dicen defender, tal como lo expresara el Diputado Mazú, autor del mencionado proyecto, quien  manifiesta por los diarios que : “no se pueden modificar los Convenios Colectivos de Trabajo sin acuerdos” en referencia al conflicto de YCRT. (Diario Tiempo Sur 10 de mayo de 2018)

Este proyecto que busca disciplinar a los trabajadores y finalmente echar por tierra las paritarias nos resulta vergonzoso. No es privativo de los judiciales tener en su convenio Colectivo como referencia escalas, porcentajes o escalafones de extrañas jurisdicciones, por lo que nos resulta obvio que si bien hay una clara animosidad contra los judiciales, estas medidas buscan ir en detrimento de los derechos de todos los trabajadores pretendiendo modificar y anular totalmente el sistema de paritarias.

Es llamativo que uno de los argumentos esgrimidos a la hora de elaborar convenios salariales sea que los trabajadores debamos ajustarnos a la “realidad presupuestaria y financiera de la Provincia” cuando es precisamente la Provincia la que hace que los ciudadanos deban ir por la vía del amparo (los que apela sistemáticamente)  para poder conocer los números de las cuentas de la provincia negándonos a la sociedad toda conocer los movimientos, ingresos y egresos de las arcas Provinciales en un claro acto para mantener la corrupción, impunidad y los patrimonios personales de algunos personajes políticos santacruceños.

Como judiciales y como trabajadores esta vez no sólo nos toca defender nuestros derechos laborales y los de muchos otros estatales, sino también y como ha sucedido en otras ocasiones, defender  también la institucionalidad y la democracia.

Cabe recordar que tras 16 años sin paritarias ni convenios en Santa Cruz, producto de la inconstitucional ley de emergencia y superación de la emergencia económica, la obtención de la ley de negociaciones colectivas para el sector estatal en el agosto del año 2007 fue un paso inmenso para todos los trabajadores de la provincia y una avance en la relación de empleo como reza la misma ley. Por ello toda limitación, o distorsión de su objeto; toda intromisión por sobre el consenso de las partes, y todo acto unilateral, infundado, y coercitivo sobre los derechos adquiridos, es un retroceso normativo, social, político e histórico para el conjunto de los trabajadores santacruceños.

Esta vez, tenemos que salir a pelear todos, activos y pasivos, ser firmes y contundentes y evitar que ridículos e ilegales caprichos políticos avancen en contra de los derechos que tanto nos costó conseguir. Necesitamos marcar una postura que no deje lugar a dudas ni interpretaciones, que tanto el TSJ, los diputados y el Ejecutivo sepan que no nos vas a atropellar, que no nos vamos a dejar pisotear y que no vamos a sostener una provincia donde la Constitución, las leyes y tratados internacionales no son respetados.

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